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martes, 28 de octubre de 2008

ahora se califica de chicana la negativa de acceder al hábeas corpus que es una institución con total fuerza de ley en el caso leopoldo fernández

por la tarde se reprodujeron expresiones y comentarios acerca de la resistencia de autoridades del gobierno que más de uno calificó de simples chicanas o subterfugios para no cumplir la ley. lo que se está consiguiendo es agrandar la figura del prefecto y proyectando su imagen más allá del ámbito pandino.
El diputado de Podemos, Edwin Jiménez, dijo que el gobierno acude a chicanas jurídicas para exigir bajo sus criterios "una justicia fuera del marco legal, violentando incluso la seguridad jurídica". Manifestó que el fallo del Tribunal de Chuquisaca que conoció el "habeas corpus" sólo interpretó la Ley y falló conforme a los marcos legales respectivos. "Si el gobernador u otra autoridad no cumple la resolución del tribunal, será sancionado con reclusión siguiendo un procesos de juicio de responsabilidades", dijo el parlamentario, que aclaró "no tiene ningún afán protector al prefecto Fernández".
Se tiene que cumplir con la ley por cuanto el fallo emitido en la corte superior de chuquisaca está apegado a la ley. el recurso es una demostración de la independencia del poder judicial con respecto al poder ejecutivo. actuando como tribunal de amparo la corte de sucre, ha emitido un fallo de cumplimiento obligatorio que las autoridades judiciales tienen obligación de hacerla cumplir en el plazo previsto de las 48 horas, de modo que las declarciones de evo morales desde quito, ecuador o las del ministro san miguel desde rio de janeiro no podrán ser tomadas en cuenta. es más si trataran de oponerse se estarían colocando al margen de la ley y se estarían haciendo pasibles de drásticas sanciones como desacato, o sea desconocimiento y resistencia al cumplimiento de las leyes, suficiente materia para incohar un juicio de responsabilidades de inmediata acción ejecutiva.
abogados constitucionalistas y otros consultados por los medios han sido muy claros en sus expresiones. las opiniones o comentarios de autoridades sobre la resolución camaral, no pasan de ser tales, la ley está por encima y tiene que ser cumplida. la reacción al fallo conlleva una creciente esperanza en el poder de la justicia por encima de intereses sectarios u otros a los que el poder ejecutivo tiene pleno de concurrir, aunque dándose por adelantado que acataría el fallo o las resoluciones que emanen de autoridad judicial constituída. (nota del editor responsable. mauricio aira)