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miércoles, 25 de agosto de 2010

La Prensa establece que quienes matan como castigo en las comunidades cometen penas sancionadas hasta con penas de 30 años de cárcel

El linchamiento no es justicia comunitaria

El linchamiento es un delito, un crimen bárbaro que debe ser sancionado y, de ninguna manera, deberá confundirse con justicia comunitaria.
El linchamiento, como instrumento de castigo por comunidades campesinas para quienes roban, matan o delinquen de otras formas, de hecho está siendo condenado con las máximas penas que impone la justicia: 30 años de cárcel. Eso sucedió recientemente con ocho comunarios de Ayo Ayo, que no sólo torturaron, sino que quemaron y colgaron en una plaza al alcalde de esa población altiplánica, Benjamín Altamirano, acusado de incurrir en actos de corrupción.
Por sus características, ese asesinato cometido en 2004 fue uno de los más abominables de nuestra historia reciente, comparado sólo con el linchamiento, en mayo último, a cuatro policías, perpetrado por ayllus de la región de Uncía, y con el que sufrieron tres policías en la localidad de Epizana, en el Chapare cochabambino, en febrero de 2008.
También en el caso de los tres policías muertos a golpes por una turba de sanguinarios campesinos del Chapare cochabambino se aplicó la máxima pena de 30 años de cárcel, sin derecho a indulto, a ocho personas. Éste fue el primer fallo contundente que se conoce sobre casos de muerte por linchamientos, que en nuestro país son numerosos y muchas veces confundidos con la denominada justicia comunitaria.
El caso de Epizana no ha terminado con la drástica pena, sino que debe seguir siendo investigado porque familiares de algunos de los linchados se mostraron disconformes y sostuvieron que se está amparando a algunos de los culpables. Es papel de la justicia eliminar todas las dudas que puedan existir en torno a este brutal asesinato, como son todos los casos de linchamiento.
Otro caso que necesariamente debe ser aclarado, y los autores deben ir a la cárcel, es el registrado el 17 de noviembre de 2008 en la localidad paceña de Achacachi, donde a 11 personas, acusadas de robar disfraces de un minibús, se les prendió fuego después de haberlas rociado con gasolina. Nueve de ellas salvaron milagrosamente la vida, pero dos murieron quemadas. Fue en este salvaje episodio que las autoridades lugareñas intervinieron para impedir las investigaciones y de esa manera proteger a los autores de este hecho criminal.
El linchamiento es un delito, un crimen bárbaro y cruel, inhumano y salvaje, que debe ser sancionado con las penas que se están dando a los autores y, de ninguna manera, deberá confundírselo con justicia comunitaria.
Por eso, la Asamblea Permanente de los Derechos Humanos hace bien en difundir un mensaje radial en sentido de que el linchamiento no es justicia comunitaria. La población rural, especialmente de los sectores más alejados de los centros urbanos, debe tomar conciencia de que no puede hacerse justicia por sus propias manos. Para eso están la justicia tradicional y la comunitaria, reconocida por la Constitución Política del Estado, pero no admite el crimen y el linchamiento.
Para que los linchamientos sean definitivamente desterrados, la Policía Nacional, la justicia y las fiscalías deben cumplir con su deber y no inclinar la balanza en favor de los poderosos o de influyentes personas que quieren torcer la ley.

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